SECRETARÍA DE DESARROLLO RURAL Y EQUIDAD PARA LAS COMUNIDADES
MARÍA ROSA MARQUEZ CABRERA, Secretaria de Desarrollo Rural y Equidad para las Comunidades, con fundamento en los artículos 87, 89, 93 y 115 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 15 fracción XX, 16 fracciones
III y IV, y 23 Quintus de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal y 26 fracciones V, X, XII y XIII de su Reglamento; 6 y 32 de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal; 35 y 37 de la Ley de Planeación del
Distrito Federal; 97, 101, 102 y 102 Bis de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal; 1°, 4°, 16 y 21 de la Ley de Interculturalidad, Atención a Migrantes y Movilidad Humana del Distrito Federal; 10 y 22 de la Ley de Igualdad Sustantiva entre Mujeres y Hombres en el Distrito Federal; 5 inciso a) fracción I, 40 y 47 de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores en el Distrito Federal; 1 y 7 fracción I de la Ley para la Integración al Desarrollo de las Personas con Discapacidad del Distrito Federal; 5, 7, 8, 9, 11, 12, 13 y 19 de la Ley para Prevenir y Eliminar la Discriminación del Distrito Federal; 1° y 6°, fracción I de los Lineamientos Técnicos del Comité Técnico Interno de la Secretaría de Desarrollo Rural y Equidad para las Comunidades y su Acuerdo CTI-SEDEREC/002/2012;
Red de Intérpretes y Traductores en el Distrito Federal aprobado por la Comisión Interdependencial de Equidad para los Pueblos Indígenas y las Comunidades Étnicas; así como las Reglas de Operación 2012 del Programa de Equidad para los Pueblos Indígenas, Originarios y Comunidades de Distinto Origen Nacional de la Ciudad de México, publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal número 1279, Tomo I, expide el siguiente:
AVISO POR EL QUE SE DA A CONOCER LA CONVOCATORIA 2012 DENOMINADA “PADRÓN DE INTÉRPRETES Y TRADUCTORES EN EL DISTRITO FEDERAL" DEL PROGRAMA DE EQUIDAD PARA NACIONALES,
PUEBLOS INDÍGENAS, ORIGINARIOS Y COMUNIDADES DE DISTINTO ORIGEN
A todas las
personas que sean intérpretes y traductores en lenguas indígenas y/o a las personas hablantes de alguna lengua distinta al español en el Distrito Federal que tengan interés y disponibilidad de integrarse al "Padrón de Intérpretes y Traductores en el Distrito Federal", y realizar actividades de asistencia en
interpretación, traducción de materiales, dictámenes lingüísticos y culturales en lenguas distintas al español para los sectores de procuración de justicia, salud, educación o cualquier otro en el que se requiera de su participación para
atender a la población indígena o migrantes internacionales, de conformidad a las siguientes:
BASES
A.-ELEGIBILIDAD
El trámite de acceso al programa deberá realizarlo directamente la o el interesado, independientemente de su pertenencia a alguna organización social.
No podrán acceder al programa las y los servidores públicos del Gobierno del Distrito Federal o los que realicen funciones operativas dentro de los mismos, en los términos de la legislación aplicable.
Tendrán preferencia en el acceso las personas pertenecientes a una comunidad o pueblo indígena o de alguna comunidad de distinto origen nacional en el Distrito Federal.
Para solicitar su incorporación es estrictamente necesario demostrar dominio de la lengua distinta al español, a través de constancia, acreditación u otro documento que constate su competencia lingüística.
En caso de que la o el solicitante tenga pendiente algún finiquito correspondiente a ayudas anteriormente otorgadas por la SEDEREC se procederá a cancelar su solicitud.
C.- REQUISITOS
Los requisitos que la o el solicitante deberá cumplir para integrarse al Padrón serán los siguientes:
1. Presentar solicitud por escrito, disponible en la ventanilla de acceso al Programa.
2. Copia legible de identificación oficial y original vigente para compulsa de datos (IFE, Pasaporte, Cédula Profesional, licencia de conducir, documento migratorio).
3. Copia legible y original para compulsa del comprobante de domicilio de la o el solicitante con un máximo de tres meses de expedición (recibo de teléfono, luz, predial, agua, gas, televisión de paga, internet, cuenta bancaria, contrato de arrendamiento, constancia de domicilio expedida por autoridad competente).
Copia legible del RFC con Homoclave expedido por el Sistema de Administración Tributaria (SAT).
4. Copia de Clave Única de Registro de Población (CURP).
Llenado de Cédula de Evaluación Socioeconómica, disponible en la ventanilla de acceso al Programa.
5. Carta, bajo protesta de decir verdad, de que no tiene adeudos por ayudas otorgadas en otros ejercicios fiscales de los programas de la SEDEREC y que no recibe, ni recibirá o solicitará ayudas de otros programas de la SEDEREC en 2012 (disponible en la ventanilla correspondiente).
6. Constancia de No antecedentes penales, expedida por autoridad competente.
7. Si su participación es para lenguas indígenas se requiere presentar constancia de haber sido acreditado o certificado como intérprete y/o traductor en una o más lenguas reconocidas en el Catálogo de las Lenguas Indígenas Nacionales, de acuerdo a alguno de los siguientes mecanismos:
7.1. Sistema de normalización y certificación de competencias en materia de lenguas indígenas del Instituto Nacional de Lenguas Indígenas (INALI);
7.2. Programa de reconocimiento académico a los conocimientos adquiridos en materia de lenguas indígenas;
7.3. Programas educativos y de capacitación en materia de lenguas que desarrolla la SEDEREC en conjunto con otras instituciones públicas y privadas.
8. En caso de lenguas distintas a las nacionales, presentar constancia que acredite su certificación sobre conocimiento, traducción o interpretación de la lengua que se trate.
9. Carta compromiso por la cual acepta las condiciones contenidas en el Código de Ética de la RED, anexo a esta convocatoria, así como las disposiciones que así designe la SEDEREC en caso de ser beneficiario.
Sólo se recibirá la solicitud que cumpla con todos los requisitos y se acompañe de los documentos antes señalados.
Las y los solicitantes que no acrediten la competencia en interpretación en lenguas indígenas, podrán inscribirse a la capacitación en interpretación-traducción que imparte la SEDEREC, la cual tendrán que acreditar para pertenecer al Padrón.
D.- RECEPCIÓN DE SOLICITUDES
El período de recepción de las solicitudes será del
12 al 30 de marzo del 2012. Las y los interesados deberán dirigirse personalmente a la siguiente ventanilla,
de 10 a 14 horas y de 16 a 18 horas, en días hábiles:
Ventanilla No 7 Calle Jalapa, número 15, primer piso, Colonia Roma Norte, Sodelba Alavez Ruiz, Delegación Cuauhtémoc, México D.F., Código Postal 06700.
Con Eduardo García Ayala
Tel. 55330339
La simple presentación de la solicitud no asegura su integración en el Padrón.
E.- DE LOS INTEGRANTES DEL PADRÓN
Las solicitudes aceptadas integrarán el Padrón de Intérpretes y Traductores en el Distrito Federal; a través de éste las y los integrantes podrán brindar la interpretación y/o traducción en lenguas indígenas o distintas al español cuando así se les requiera y siempre y cuando exista disponibilidad presupuestal. La lista de resultados de la integración del Padrón
se publicará a más tardar el 15 de abril de 2012, en los estrados de la ventanilla receptora, en el portal electrónico de la SEDEREC www.sederec.df.gob.mx y en el portal electrónico del Sistema de Información del Desarrollo Social.
F.- DE LAS SOLICITUDES DE ATENCIÓN
Toda solicitud de atención se deberá presentar ante la SEDEREC, a través de la Dirección General de Equidad para los Pueblos Indígenas y Comunidades Étnicas (DGEPICE), como responsable de la operación de la RED. Dicha solicitud podrá
realizarse a través de oficio, correo electrónico, o bien vía telefónica y/o fax.
La solicitud deberá contener los siguientes datos cuando sea posible:
1. Nombre del interesado y/o representante con poder simple que solicita el servicio.
2. Motivo o justificación de petición de apoyo.
3. Tipo de servicio a solicitar (interpretación, traducción, dictamen lingüístico o dictamen cultural).
3. Agrupación, familia y variante lingüística de la cual se solicita el servicio, de ser posible (de acuerdo a la Catalogación de INALI).
4. Hora y lugar del servicio (en su caso).
5. Copia del material a traducir (en su caso).
6. Nombre de la institución, así como el nombre y cargo del responsable a quien se dirigirá el intérprete-Traductor, en su caso.
Dicha petición será revisada por el área correspondiente, la cual determinara si puede o no brindar el apoyo. En caso de ser positiva dicho análisis, se procederá a designar y contactar al intérprete para coordinar la cita de apoyo. A su vez, la DGEPC elabora un oficio de designación, con el cual el intérprete-traductor se identificará y presentará a la cita programada en la instancia que requiera el apoyo. Cuando se termine la atención del intérprete-traductor, el mismo solicitará una constancia expedida por la institución o particular solicitante, con el cual avalará su asistencia ante la DGEPC para el trámite de ayuda
correspondiente.
G.- DE LAS AYUDAS A LOS INTEGRANTES DEL PADRÓN
Las atenciones que brinden la RED y los integrantes del Padrón serán para coadyuvar al beneficio público que realizan las dependencias y entidades que integran la RED. Las personas integrantes del Padrón podrán realizar los siguientes tipos de atención:
1. Asistencia en interpretación en lenguas distintas al español.
2. Asistencia en traducción de materiales en lenguas distintas al español.
3. Dictámenes Lingüísticos
4. Dictamen Cultural
Cada vez que se realice una interpretación, traducción o realice dictamen al que se refiere esta Convocatoria, se deberá
entregar en la ventanilla correspondiente que esta convocatoria señala la documentación siguiente:
1. Solicitud de ingreso al programa, disponible en ventanilla
2. Formato de atención requerida disponible en ventanilla (exposición de motivo y justificación de petición de apoyo, tipo de acción requerida--interpretación, traducción, dictamen lingüístico o dictamen cultural, agrupación, familia y variante lingüística de la cual solicita la acción; hora y lugar de la acción, cuando
corresponda, o documento a traducir-- anexando copia del mismo, nombre de la institución, así como nombre y cargo del responsable a quien se dirigirá el intérprete, traductor o perito, en su caso).
3. Constancia de haber realizado la atención proporcionado y/o expedido por la dependencia o entidad de la RED.
Las ayudas que se podrán otorgar serán de acuerdo a lo siguiente:
1. Interpretación: $300.00, por hora o fracción de hora.
2. Traducción: $100.00, por cuartilla o fracción de cuartilla.
3. Dictamen Lingüístico o Cultural: $4,500.00.
Para la aprobación de las ayudas se hará mediante dictamen del Subcomité de Equidad para Pueblos y Comunidades y la autorización del pago por el Comité Técnico Interno. Una vez que la ayuda esté considerada por la Secretaría de Finanzas, la Dirección de Equidad para los Pueblos y Comunidades lo hará del conocimiento de la o el intérprete o traductor vía telefónica o por correo electrónico.
H.- DISPOSICIONES FINALES
Las y los solicitantes que estimen que se excluye, incumple o contraviene por parte de las y los servidores públicos, la normatividad vigente, así como aquellas personas que consideren vulnerados su derecho a ser incluidas en el programa o
que se incumplieron sus garantías de acceso, podrán proceder conforme a lo señalado en los numerales VII y VIII de las Reglas de Operación 2012 del Programa de Equidad para Pueblos Indígenas, Originarios y Comunidades de Distinto Origen Nacional.
“Este programa es de carácter público, no es patrocinado ni promovido por partido político alguno y sus recursos provienen de los impuestos que pagan
todos los contribuyentes. Está prohibido el uso de este programa con fines políticos, electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos. Quien haga
uso indebido de los recursos de este programa en el Distrito Federal, será sancionado de acuerdo con la ley aplicable y ante la autoridad competente”.
"Los datos personales recabados serán protegidos, incorporados y tratados en el Sistema de Datos Personales de Pueblos Originarios, Comunidades Indígenas y Comunidades étnicas en el Programa de Equidad para los pueblos indígenas, originarios y Comunidades de distinto origen nacional de la ciudad de México, el cual tiene su fundamento en sus reglas de operación 2012 y el artículo1 6 de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal, cuya finalidad es integrar los datos personales de las y los solicitantes y beneficiarios de programas sociales del Distrito Federal, así como de quien recibe información y orientación, y podrán ser transmitidos al Sistema de Información de Desarrollo Social, al Instituto de Acceso a laInformación Pública del Distrito Federal, además de otras transmisiones previstas en la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal. Los datos marcados con un asterisco en la solicitud (*) son obligatorios y sin ellos no podrá acceder al servicio o completar el trámite de acceso a los programas sociales de la SEDEREC”. Asimismo, se le informa que sus datos no podrán ser difundidos sin su consentimiento expreso, salvo las excepciones previstas en la Ley. La responsable del Sistema de Datos Personales de equidad para los pueblos indígenas y comunidades étnicas es María del Carmen Morgan López, Directora General de Equidad para los Pueblos y Comunidades, y el domicilio donde podrá ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, así como la revocación del consentimiento es Jalapa 15, cuarto piso, Colonia Roma Norte, Delegación Cuauhtémoc, México D.F., Código Postal 06700 a las oficinas de Acceso a la Información Pública de la SEDEREC, donde recibirá asesoría sobre los derechos que tutela la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal al teléfono: 55149665.
Transitorio
ÚNICO.- Publíquese el presente aviso en la Gaceta Oficial del Distrito Federal y en la página web de la SEDEREC.
México, Distrito Federal, a 5 de marzo de 2012
MARÍA ROSA MÁRQUEZ CABRERA
Secretaria de Desarrollo Rural y
Equidad para las Comunidades